Sí puedes arreglar tus documentos y hacer tus trámites migratorios, pero ello depende de la razón de tu deportación, y las sanciones de esta, como por ejemplo, el tiempo que tendrás con la prohibición de volver al país en cuestión.
También depende de tu condición de deportado, si apenas estás siendo notificado de una orden de deportación, puedes solicitar una cancelación de la orden de deportación o solicitar la suspensión de la orden mientras completas tu proceso de inmigración, un abogado experto en la defensa de los derechos migratorios deberá asesorarte durante todo este proceso.
Sin embargo, también puedes arreglar tus documentos migratorios dentro de Estados Unidos si te encuentras en alguna de las siguientes situaciones:
- Que tengas un familiar que sea ciudadano o residente permanente en USA, esto te haría elegible para un perdón migratorio y podrías optar por una visa familiar que te permita regresar al país.
- Que estés en condición de asilo como protección dentro de USA, esto muestra que corres algún tipo de riesgo en tu país de origen así que no puede volver.
- Que seas víctima de algún crimen dentro del territorio y la jurisdicción de Estados Unidos, y has cooperado con las autoridades, puedes optar por una visa U que te permitirá quedarte legalmente en el país.
- Algunos casos de deportación son cancelados en virtud del buen comportamiento y residencia continua dentro de Estados Unidos, sin embargo debes cumplir con alguno de los otros requisitos.
- Si tu orden de deportación ha surgido en medio de un cambio de la ley migratoria, también podrías arreglar tus documentos migratorios.
Sin embargo, en caso de que usted no tenga ninguna de estas situaciones, también deberá optar por un permiso migratorio, desglosado a continuación:
El Permiso Migratorio mediante el formulario I-212
Este permiso te autorizará a entrar nuevamente en territorio estadounidense para arreglar tus documentos, antes de que haya terminado el período de espera que fue determinado en la sanción de tu deportación, este puede variar de 5 a 20 años según cada caso, pero para esto necesitas la asesoría de un abogado, ya que este es un documento utilizado por personas inadmisibles bajo la sección 212(a)(9)(A) o (C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Las personas que han sido admitidas están sujetas a los motivos de deportación (INA Sec 237).
Para aplicar a este formulario debes:
- Haber sido deportado de USA o haber salido voluntariamente.
- Si has ingresado a USA ilegalmente antes de la orden de deportación y estuviste por un período de al menos un año sin autorización de las autoridades.
- Si saliste voluntariamente de USA luego de tener una presencia ilegal de hasta 25 años, también aplica si tienes familia en el territorio y tuviste que salir por otro motivo mayor. Todo esto será reflejado en el FOIA.
La información que debes proporcionar en este permiso es:
- Nombre completo, dirección postal, tu fecha y lugar de nacimiento y número de pasaporte en caso de tenerlo.
- Debes incluir cualquier documento de la corte migratoria u orden de deportación que explique los motivos por los cuales estás en proceso de deportación, estos deben tener los detalles como las fechas de la orden, la ejecución y las circunstancias ocurridas en la deportación en sí.
- Proporciona a tu abogado para el permiso cualquier prueba de tus vínculos familiares dentro de Estados Unidos, aquellos que sean ciudadanos o residentes legales, esta información deben ser sus nombres completos, fechas y lugares de nacimientos y cualquier estatus migratorio.
- Debes proporcionar cualquier evidencia que esté relacionada según su propio caso con la sección 212(a)(9)(C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), que aborda la inadmisibilidad de personas para reingresar a USA después de una deportación.
- Ten en cuenta que para que este permiso sea eficaz debes demostrar que estás ausente de USA por el tiempo que la ley te ha requerido luego de la deportación, esto puedes demostrarlo con los sellos de tu pasaporte de entrada y salida a cualquier país, también con los recibos de tus boletos de avión o viajes, e incluso con pruebas de que tuviste empleo en algún país extranjero durante ese tiempo.
- Puedes reforzar esta información con cualquier documento que pruebe que cumpliste con tu sanción y con los requisitos para optar por el permiso de reintegro al país por la vía legal, para esto siempre es mejor el apoyo de tu abogado para que recopilen todo la información que hayas tenido en cuento a tu estatus legal y migratorio en este tiempo, como cualquier formulario.
- Este documento protege la readmisión en USA, así que es muy importante que seas muy cuidadoso con la información que brindas, recuerda que haberte visto envuelto en cualquier hecho que te levante antecedentes penales durante el tiempo de ausencia en USA, también puede hacer que tu ingreso al país sea negado.
- Puedes presentar la solicitud en línea a través del Sistema Electrónico para la Adjudicación Segura de Formularios (e-SAFE) o en persona en los puertos de entrada designados de CBP o en las localidades de pre-autorización y debes pagar una cuota aproximada de $930para la solicitud de una visa según sea el caso, este dinero no es reembolsable.
¿Qué pasa si he tenido una salida voluntaria de USA?
Esto te permitiría tener una defensa en tu caso de deportación, ya que no habrías tenido que enfrentar la orden de remoción y estarías admitiendo que debes ser expulsado del país para que tengas oportunidad de regresar, además si quieres volver a USA, y el tribunal te ofrece una salida voluntaria, es mejor que la cumplas antes de la fecha límite, puesto que una vez pasado este día, tendrás automáticamente una orden de deportación.
Si bien no te garantiza la obtención de tu visado, sí facilita que te consideren para reingresar sin haber tenido una sanción de años. Por supuesto, no debes incurrir en ningún ingreso legal a USA o haber sido condenado a una expulsión permanente, tampoco debes tener antecedentes de haber cometido un delito. Recuerda que reingresar legal a USA y no arreglar tus documentos mediante el formulario I-212, puede ocasionarte incluso un pena de prisión y multas que se agravan cuando eres una persona reincidente determinado por el ICE.