Cuando te ves involucrado en un accidente de tránsito la culpabilidad implica hasta qué punto usted ha sido responsable de causar el siniestro. Lo primero que debes hacer es contactar con tu compañía de seguros, quiénes te indicarán cómo pueden ayudarte y si hay alguna indemnización que puedas obtener para cubrir los daños materiales o gastos médicos causados en el accidente según tu póliza, pero esto depende de tu tipo de culpa. Consulta cuanto tiempo tienes para reportar un accidente.
También es recomendable que contactes con asistencia médica para constatar cualquier lesión o ayuda necesaria tanto en ti como en la otra parte. Una vez implicado en el accidente es importante No Darse a la Fuga. Esto podría sólo agravar la situación y podría llevarlo incluso a la cárcel dependiendo de la gravedad del accidente. Si usted es indocumentado, también lo podrían llevar a la deportación.
Siempre debes contactar a tu abogado , quién junto con la compañía del seguro comprobará tu responsabilidad en el accidente y la cuantía de cualquier indemnización que corresponda.
En un accidente hay diferentes tipos de culpa como:
La culpa exclusiva:
Si usted es el único responsable del accidente, es decir, que tu conducta al volante ha causado el siniestro, no podrás obtener ninguna indemnización
¿Qué pasa con los daños de mi vehículo?
Ni no tienes seguro a todo riesgo, todas las reparaciones de tu vehículo correrán por tu propia cuenta. Si tienes seguro, será la compañía la que se encargue del daño del vehículo del accidente, a menos que se declarado siniestro. En este último caso, no hay nada que puedas reclamar a la compañía.
Si eres culpable de un accidente también tienes derecho a rehabilitación, con gastos médicos, tanto para el conductor como los ocupantes del vehículo, pero esto es en caso de que tu póliza de seguro lo cubra.
Debes solicitar información por parte de tu compañía de seguros para saber si te cubre esta opción y cuanto es lo que pueden pagar por los gastos médicos, puesto que si pasas el límite, el resto corre por tu cuenta.
¿Debo pagar indemnización a la otra parte de un accidente?
Incluso cuando usted sea culpable, puede solicitar una indemnización a su compañía de seguros, pero esto es demostrable cuando la otra parte también tiene parte de la culpa.
Pero en caso de la culpa exclusiva, usted no tendrá que pagar a menos que haya pasado el límite de la responsabilidad civil de tu seguro, por lo que tendrás que cubrir el resto del pago.
Además si incumples con algunos de los requisitos de la responsabilidad civil de tu póliza como por ejemplo, el tener tu licencia vencida por más de dos años o en caso de que no estés asegurado en absoluto, en este caso serás tú quién pague la indemnización.
En caso de que seas culpable y al causar el accidente estabas bajo los efectos de las drogas o el alcohol, o si el siniestro ha sido intencionado por tu parte. La aseguradora puede ir abonando todas las indemnizaciones que correspondan tanto a terceros como a los ocupantes de tu vehículo, pero sé consiente de que luego van a ejercer contra el culpable el derecho de repetición reclamándote todas las cantidades pagadas.
¿Qué pasa si alguien más a tenido un accidente en mi vehículo?
En estos casos puedes reclamar una indemnización del seguro puesto que no tienes una responsabilidad directa sobre el accidente, algunas excepciones para esto son:
- Que tú tengas la culpa como ocupante.
- Que el vehículo sea robado y tú seas el ocupante.
Dentro de los tipos de culpa en accidente también encontramos los factores que afectan par determinar la culpa en el siniestro:
- Cuando los conductores tienen versiones contradictorias de lo que ha pasado.
- Alguno niega su responsabilidad aunque haya sido su culpa.
- El siniestro es controvertido, es decir, no es sencillo determinar el culpable.
- La culpa compartida
Cuando hay algún problema con la culpa las compañías suelen negarse a pagar en vía amistosa y no quede más remedio que acudir a los Tribunales. Para verificar cual grado de responsabilidad ha tenido usted o no.
Recuerde que usualmente, en casos de accidentes o daños, usted siempre podrá ser reclamado y demandado por daños a la propiedad o daños morales, además de daños y perjuicios, aunque usted no lo haya hecho con intención. Recuerde que en esos casos también se estará enfrentando a agravantes como negligencia o impericia.
Si a usted lo llevan a juicio por más dinero que el de su póliza, puede deberse a que el accidente ha sido más grave que esa cuantía o que ha causado una lesión grave o la muerte de la otra parte.