Debe enviar el formulario I-305 (recibo original que le fue dado al pagar la fianza) junto con el formulario I-391 al Centro de Gestión de Deudas del Departamento de Seguridad Nacional (DHS).. Este proceso inicia cuando la persona ya ha cumplido todas las condiciones de la fianza y ha asistido a todas las audiencias además de acatar y cumplir con cualquier orden de deportación.

¿Qué debo hacer para recuperar mi fianza en inmigración?

Para el reembolso la solicitud inicia a través de una notificación que usted recibe de parte de ICE, que enviará una notificación de cancelación de la fianza de inmigración al deudor, si el extranjero ha cumplido las condiciones de la fianza.

También enviará esta notificación, conocida como Formulario I-391, al Centro de Gestión de Deudas del Departamento de Seguridad Nacional (DHS).

El proceso de reembolso suele tardar un par de meses, pero para  recibir su dinero usted debe debe enviar el formulario I-391 y su recibo original de fianza de inmigración, conocido como formulario I-305, al Centro de Gestión de Deudas. Si tiene el Formulario I-352, que es la copia original del contrato de fianza, debe incluirlo en su envío.

Una vez enviados todos los formularios usted debe esperar a que sea notificado de la devolución. Recuerde que sólo cuando el Centro de Gestión de la Deuda reciba sus formularios, procesará el reembolso. El monto será el original de la fianza junto con cualquier interés que se haya acumulado durante los meses o años en los que tuvieron lugar los procedimientos concernientes a su caso.

¿Qué pasa si no tengo el recibo de la fianza?

Existen casos en los que el deudor no puede encontrar el recibo de su fianza, es decir, el formulario I-305. Pero aun así, usted puede recuperar su fianza de la siguiente manera:

Apóyese en  la sección de formularios del sitio web official del ICE y y ahí debe descargar el formulario I-395, el cual encontrará como: Form I-395, Affidavit in Lieu of Lost Receipt of United States ICE for Collateral Accepted as Security.

Puede imprimir y completar el Formulario I-395,  este documento es legalmente una Declaración jurada en lugar del recibo perdido del ICE de los Estados Unidos para la garantía aceptada como aval.

Firmar este documento con presencia de un notario público le dará la validez para reclamar el reembolso de su fianza con él en reemplazo del recibo perdido.

Entonces, una vez firmado este documento I-395, usted debe enviar la notificación I-391 y el formulario I-352 (si lo tiene) al Centro de Gestión de Deudas.

La firma de este documento en la notaría suele tener un precio estándar de $15, y también debe consignar un documento de identidad con fotografía, esto lo hacen para asegurar que es usted quién está firmando el documento en su propio nombre.

¿Por qué no he recibido la notificación del ICE?

Si usted se muda, recuerde que el formulario puede ser enviado a su antigua dirección, así que debe corroborar todos sus datos en USCIS durante todo el proceso.

¿Qué pasa si no estoy en usa al momento del reembolso?

Si usted ha tenido que abandonar el país voluntariamente, usted no es elegible para recuperar su fianza, hasta que ICE compruebe que ha llegado a su país de origen, después de que la embajada de USA en este país haya notificado esa información, se iniciará el proceso como ha sido descrito anteriormente.

En caso de que el inmigrante se haya marchado de Estados Unidos antes de la conclusión del proceso de expulsión, y sin salida voluntaria, todavía tendrá la oportunidad de recuperar el dinero de su fianza.

Pero deberá consignar los sellos de pasaporte, tarjeta de embarque, confirmación de viaje, etc. O algo que pruebe que usted está fuera de USA.

Esta información, también debe ser avalada por el consulado de USA en su país.

El deudor puede designar a alguien más para recibir el reembolso de la fianza a través de un Formulario I-312 notariado, el “Designation of Attorney In Fact”.

Este documento es lo equivalente de un “poder de abogado” en la transacción de aceptar  en el nombre del deudor cualquier monto de la fianza. En este caso, no necesariamente debe ser un abogado su apoderado para recibir su fianza.

¿Qué ocurre si el inmigrante no cumple las condiciones de la fianza?

Si el inmigrante no cumple con las condiciones de la fianza, no se presenta a una audiencia en el tribunal de inmigración o no asiste a un control del ICE, será fugitivo por el ICE.

El ICE le enviará entonces el Formulario I-340 del ICE, Aviso al Obligado a Entregar al Extranjero. Este aviso le exige que presente al inmigrante en un control del ICE.

Si no presenta al inmigrante en la fecha y hora designadas, el ICE le enviará el formulario I-323, Notificación de incumplimiento de la fianza de inmigración, por lo que usted automáticamente ya no será elegible para el reembolso de su fianza.

Thomas E. Caldwell

Abogado estadounidense, especializado en derecho constitucional y ferviente defensor de los derechos civiles. Nacido en Texas y graduado con honores de la Universidad de Texas. Actualmente, soy socio principal de la empresa En ambito Legal, donde lidero casos de alto perfil y me dedico a mentorizar a la próxima generación de abogados. Mi trayectoria, esta marcada por la pasión por la justicia y la equidad, posicionando como una figura inspiradora en el ámbito legal estadounidense.

Deja una respuesta